Subida de la pensión, edad legal, bases de cotización y otras novedades en la jubilación a partir del 1 de enero de 2024

Subida de la pensión, edad legal, bases de cotización y otras novedades en la jubilación a partir del 1 de enero de 2024

El año que viene se estrena con novedades en las jubilaciones fruto de la reforma de las pensiones y otras normativas aprobadas este año que se notarán en el bolsillo de los pensionistas desde el mismo 1 de enero de 2014 cuando entren en vigor.

Las pensiones contributivas subirán un 3,8% y las mínimas y no contributivas hasta un 14%. Pero además de las subidas de la nómina de los pensionistas, también entran en vigor los requisitos de acceso para prejubilarse y jubilarse de forma anticipada y se puede seguir pidiendo a Hacienda la devolución de la doble cotización a mutualidades profesionales si se cumplen los criterios.

Entre las principales novedades que ya estará en vigor el 1 de enero de 2024 destacan el incremento de la edad ordinaria de jubilación, de la edad mínima de jubilación anticipada, y de la edad para acceder a la jubilación parcial en el caso de contrato de relevo; el incremento de la base máxima de cotización por encima del IPC, la actualización de las bases mínima y máxima de cotización de cada uno 15 tramos de cotización para los trabajadores autónomos; el incremento por encima del IPC de las pensiones mínimas de jubilación e invalidez, de las pensiones no contributivas, del ingreso mínimo vital y del complemento por brecha de género.

Subida de las pensiones contributivas en 2024

Las pensiones contributivas ( jubilación, incapacidad permanente, orfandad y viudedad) subirán a partir de 1 de enero de 2024, un 3,8%, porcentaje de incremento según la variación media interanual del IPC entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023 (12 meses previos al mes de diciembre del año anterior) tal como confirmó el dato definitivo de inflación de noviembre 2023 el pasado 14 de diciembre. La pensión media del sistema, de 1.200 euros, aumentará 638 euros al año, que suponen 46 euros al mes.

Subida de las pensiones mínimas y no contributivas en 2024

Las pensiones mínimas de jubilación y viudedad y no contributivas se incrementarán por encima de esa cifra, así como el ingreso mínimo vital y del complemento por brecha de género.

En el caso de las pensiones mínimas de jubilación, su importe se incrementará para equipararlo progresivamente con el 100% del umbral de pobreza, con el objetivo de que converjan con el mismo a partir de 2027. Para la determinación de ese umbral de la pobreza para un hogar compuesto por dos adultos se multiplicará por 1,5 el umbral de la pobreza correspondiente a un hogar unipersonal.

Las pensiones no contributivas se incrementarán hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal, a partir de la Encuesta de Condiciones de Vida del Instituto Nacional de Estadística (INE). Así, en 2024, las pensiones mínimas de jubilación se incrementarán adicionalmente al IPC en el porcentaje necesario para reducir en un 20% la brecha que exista.

El objetivo es que la pensión mínima de jubilación contributiva con cónyuge se situé en 2027 en, al menos, 16.500 euros anuales (1.178,5 euros mensuales), un 22% más que en 2023. Para 2024, concretamente, suben un 6,9%, ascendiendo su cuantía integra a casi 7.300 euros anuales (casi 520 euros mensuales). Lo mismo ocurre en el caso del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que también subirá en 2024 un 6,9%, aproximadamente entre 16,5 y 100 euros al mes, dependiendo de la clase de pensión y de las circunstancias personales, ya que está su importe referenciado a la de las no contributivas.

Las pensiones mínimas de viudedad, por su parte, se incrementarán para su equiparación progresiva en 4 años, a partir de 2024, con las pensiones mínimas de jubilación. La pensión mínima de viudedad con cargas familiares se incrementará un 14,1%, desde los 905,9 euros actuales al mes hasta cerca de 1.033,6 euros mensuales, 127,7 euros más al mes que en 2023: su importe desde los 12.682 euros anuales (906 euros mensuales en 14 pagas) de 2023 a 14.457 euros anuales (1.033 euros mensuales).

En 2024 comenzará a aplicarse también la subida adicional del complemento de brecha de género. Este complemento se incrementará un 10% en 2024 (y otro 10% en 2025), adicionales a su revalorización anual según el IPC. Teniendo en cuenta el incremento del IPC medio interanual (diciembre 2022-noviembre 2023) en un 3,8% más ese 10% de subida adicional, en 2024 el complemento de brecha de género queda situado en 34,71 euros mensuales por hijo (frente a los 30,40 euros de 2023), hasta un máximo de 4 veces ese importe.

Edad de jubilación ordinaria en 2024

Edad de jubilación ordinaria en 2024

La edad legal de jubilación ordinaria en 2024 subirá dos meses respecto a la de 2023, situándose en 66 años y 6 meses cuando se cuente con menos de 38 años cotizados. Sin embargo, en caso de disponer de 38 o más años cotizados, será posible jubilarse con 65 años.

Edad de jubilación anticipada en 2024

También se retrasará la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada al estar vinculada a la anterior. Es posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 24 meses (2 años) antes de la edad legal ordinaria. Para acceder será necesario haber cumplido los 64 años y 6 meses, en el caso de disponer de menos de 38 años de cotización. Con 38 años o más de cotización será a partir de los 63 años.

s posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa hasta 48 meses (4 años) antes de la edad ordinaria, añade el servicio de estudios de BBVA, y a partir de los 62 años y 6 meses si se dispone de menos de 38 años cotizados, o bien a partir de los 61 años si se acumulan 38 años o más de cotizaciones.

Edad de jubilación parcial (con contrato de relevo) en 2024

La edad mínima para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo se retrasará hasta los 64 años con 33 años o más cotizados, o bien 62 años y 6 meses en caso de disponer 36 años o más. La edad de jubilación parcial sin contrato de relevo será la misma que la edad legal de jubilación ordinaria.

Incremento de las cotizaciones a la Seguridad Social por la subida del MEI

En 2024 comienza el progresivo incremento del tipo de cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), un 0,1% anual adicional hasta llegar al 1,2% en 2029. Por tanto, en 2024 quedará situado en el 0,7%, repartiéndose, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, en un 0,58% a cargo del empleador y 0,12% a cargo del trabajador. Los autónomos asumirán íntegramente ellos ese 0,7%.

Subida de la base máxima de cotización a la Seguridad Social un 5%

A partir de 2024 entra en vigor el incremento progresivo por encima del IPC de la base máxima de cotización, que se incrementará cada año, hasta 2050, en un porcentaje igual revalorización de las pensiones (según el IPC interanual medio), más un incremento adicional anual de 1,2 puntos porcentuales.

En 2023 la base máxima de cotización se ha situado en 4.495,50 euros mensuales (53.946 euros anuales). Considerando la inflación media interanual entre diciembre de 2022 y noviembre 2023, de un 3,8%, la base máxima de cotización se incrementará en 2024 un 5%, situándose en 4.720,28 euros mensuales (.56.643,30 euros anuales).

Nuevas bases de cotización para trabajadores autónomos

En 2024 se actualizan los importes de bases de cotización mínimas y máximas (y por lo tanto de cuotas de cotización) para cada uno de los 15 tramos de rendimientos netos del sistema de cotización de trabajadores autónomos. Esta son las nuevas bases mínimas y máximas por tramo para 2024:

En 2023 los autónomos con ingresos netos inferiores a 14,001.48 euros anuales pagan una cuota mínima de 230 euros al mes y cotizan por una base mínima de 751.63 euros. En 2024 la cuota mínima será de 225 euros al mes y la base mínima será de 735,29 euros.

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