Quienes no están obligados a presentar la declaración
la presente campaña de la renta no están obligados a presentar la declaración de la renta quienes durante el ejercicio 2005 hayan percibido exclusivamente una o varias de las siguientes rentas:
- Rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador que no superen el importe de 22.000,00 euros brutos anuales, o de varios pagadores si el segundo y sucesivos por orden de cuantía no superan en su conjunto la cantidad de 1.000 euros brutos anuales.El límite se establece en 8.000,00 euros , en los siguientes supuestos:
a) Cuando los rendimientos del trabajo se hayan percibido de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores por orden de cuantía supere la cantidad de 1.000,00 euros brutos anuales.
b) Cuando se hayan percibido pensiones del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial.
c) Cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero). - Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, si conjuntamente no superan 1.600,00 euros brutos anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas que procedan de un único inmueble urbano de uso propio, distinto de la vivienda habitual. Así como rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado con el limite conjunto de 1.000,00 euros anuales .
En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo, del capital, de actividades profesionales, o ganancias patrimoniales, cuando la suma de todos ellos no exceda de 1.000,00 euros brutos anuales.
Nota: Hay que tener en cuenta que la no obligación no implica ninguna prohibición. Esto se debe a que si nos encontramos dentro de alguno de los mínimos anteriores pero hemos sufrido retenciones a cuenta del impuesto y las queremos recuperar tendremos que hacer la declaración.