Doña Asunción XX es directora de ventas de una cadena de tiendas de ropa, por lo que ha percibido en el ejercicio 2001 un salario de 72.121,45 euros, descontándole por cotización a la Seguridad Social 2.283,85 Durante el ejercicio 2001 dicha señora ha realizado los siguientes viajes de trabajo, percibiendo las cuantías que a continuación se citan: a) 240,40 euros del billete de tren Alicante-La Coruña-Alicante. Solución a) Está exento porque entrega justificante del billete de tren. b) La estancia no está exenta porque no justifica nada.
d) De hospedaje está exento lo que justifica: 360,01 euros
f) De hospedaje está exento lo que justifica: 1.202,02 euros Total que tributará: 1.241,08 + 5,75 + 384,64 + 1.346,29 = 2.977,76 euros
|
¿Tienes alguna Pregunta?
Asesoria Fiscal online para autónomo desde 36€
100% online y con asesoramiento de calidad.
Blog
Lo último de nuestro blog
El TJUE confirma la validez de ciertas disposiciones comunitarias para la lucha contra la planificación fiscal agresiva
Considera que la obligación de comunicar información de los intermediarios que no pueden acogerse a la dispensa por secreto profesional, y…
Estrategia de inteligencia artificial de la Agencia Tributaria
Mediante el documento Estrategia de Inteligencia Artificial (IA) de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicado el pasado 27 de mayo de 2024, Hacienda…
El TEAC cambia de criterio y permite deducir el IVA soportado fuera de plazo si no han pasado cuatro años
El TEAC cambia de criterio y permite deducir el IVA soportado fuera de plazo si no han pasado cuatro años….