El día 1 de julio de 2021 comienza el plazo, para aquellos contribuyentes cuyo período impositivo coincida con el año natural, el período voluntario de presentación y pago del Impuesto sobre Sociedades que se extenderá hasta el día 26 de este mismo mes por ser el día 25, domingo, inhábil.
Igualmente, se inicia el período voluntario para la presentación del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a aquellos contribuyentes que operen en España a través de establecimiento permanente.
Nos lo recuerda la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con la siguiente nota publicada en su página web:
Coincidiendo con el inicio del plazo general de presentación del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, ejercicio 2020, se ha publicado un portal que reúne todas las novedades y ayudas para la campaña.
Este año, como novedad y mejora en la asistencia en la cumplimentación del modelo 200, se ofrecen datos fiscales al contribuyente que podrán trasladarse al formulario Sociedades Web (o importarse por software desarrollados por los propios contribuyentes o por terceros), y que permiten la presentación directa de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades.
Otra novedad importante es el carácter obligatorio, para todos los ajustes de las páginas 12 y 13 del modelo 200, del cuadro de detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias (excluida la corrección por Impuesto sobre Sociedades) de la página 19 de dicho modelo.
Facilitándonos los siguientes enlaces a modo informativo para llevar a cabo la correcta presentación del modelo:
- Cumplimentación del cuadro «Detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias (páginas 19 y 26 bis a sexies del modelo 200)
- Enlace a los datos fiscales, modelo, servicio de tramitación, identificación fiscal y programa simulador de la declaración
Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)