La BI es el importe de la renta disponible del contribuyente y su capacidad económica. Se determinará aplicando los regímenes previstos y se procederá por el siguiente orden:
1º. Calificación y cuantificación de las rentas según su origen y, además:
– Los RN = ingresos computables – gastos deducibles.
– Ganancias y pérdidas patrimoniales = VT-VA.
2º. Aplicación de las reducciones del RN que, en su caso, correspondan.
3º. Integración y compensación de las diferentes rentas, según su origen.
4º. Deducción del mínimo personal y familiar, según sus circunstancias.