Declaración de la renta: ¿Es mejor individual o conjunta?

Entre las dudas más habituales de la renta entre matrimonios y parejas es si compensa hacer la declaración de la renta en conjunta o individual. En realidad no existe una única respuesta, ya que dependiendo de los ingresos y de otras cosas como si hay una casa con hipoteca será mejor tributar cada uno por su cuenta o en pareja. Sin embargo, antes hay que saber si se puede o no presentar el IRPF de forma conjunta.

Quienes pueden hacer la declaración de la renta conjunta

La declaración conjunta no está disponible para todos los contribuyentes. De hecho, sólo podrán hacerlo quienes formen lo que Hacienda denomina una unidad familiar. Para la Agencia Tributaria se puede hacer la declaración conjunta cuando se den una de estas situaciones.

  • Estar casado con vínculo matrimonial. Para hacer la renta en pareja es imprescindible que exista matrimonio. La declaración de la renta conjunta sin estar casados no se puede hacer. En este caso se podrán incluir además dentro de la unidad familiar a los hijos mejores que vivan o dependan de los padres y a los que estén incapacitados. Aquí puedes ver todo lo que respecto a los hijos en la declaración de la renta.
  • Sin vínculo matrimonial o en casos de separación legal. En otras palabras, parejas de hecho y personas divorciadas podrán formar unidad familiar con sus hijos pero sólo el padre o la madre podrán hacerlo. En una pareja de hecho las dos partes nunca podrán tributar de forma conjunta.

Además, solo podrás incluir dentro de la unidad familiar a los hijos si son menores de 18 años. Otra cuestión es que sí puedas beneficiarte del mínimo por descendiente si tienen menos de 25 años y cumplen una serie de requisitos que detallamos en el enlace anterior.

¿Y si te acabas de casar o lo hiciste en 2017? La declaración de la renta de recién casadosno difiere de la de cualquier matrimonio al uso. A efectos prácticos, Hacienda tiene en cuenta la situación personal a familiar a 31 de diciembre. Si estabas casado a esa fecha, podrás presentar la renta de forma conjunta.

Ventajas y desventajas de la tributación conjunta

Para decidir entre tributación conjunta o individual lo primero es tener claras las ventajas de hacer la renta en matrimonio frente a hacerla por tu cuenta. Más adelante podrás ver cómo actuar en las situaciones más habituales, pero para elegir la opción que te permita ahorrar más en la renta debes tener claro qué ganarás y perderás con cada opción.

El principal beneficio de tributar como unidad familiar se aplica en la casilla 436 de la renta y es la reducción por tributación conjunta. Para que lo entiendas mejor, ese dinero funciona como la reducción de los planes de pensiones. Es decir, se restará al dinero que hayáis ganado (vuestra base imponible en realidad).

La cuantía de la reducción por tributación conjunta depende del tipo de unidad familiar. Son las siguientes:

  • 3.400 euros para unidades familiares compuestas por ambos cónyuges y los hijos, en caso de haberlos.
  • 2.150 euros para unidades familiares formadas por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro. Este es la reducción que correspondería familias monoparentales o parejas de hecho con hijos en los que sólo uno de los miembros podrá hacer la declaración como unidad familiar con los niños.

A esto hay que sumar otras ventajas de la tributación conjunta como la posibilidad de compensar pérdidas y ganancias en la renta  de forma conjunta. Es decir, se sumarán los rendimientos por las inversiones de ambos cónyuges y se podrán restar entre ellos como si fuesen una sola persona a efectos fiscales.

Las desventajas de la tributación conjunta empiezan por la obligación de presentar el IRPF. El hecho de sumar dos personas con sus respectivos empleos no cambia las cifras básicas que aplica a Hacienda y que puedes consultar en este artículo: Como saber si debo hacer la declaración de la renta.

Además, tampoco se amplían los tramos de IRPF, que se mantendrán de la siguiente forma:

Tramos de IRPF 2017

Como es lógico, si sumas los ingresos de dos personas, en una declaración conjunta es más fácil que termines tributando en un tramo más elevado. Por eso mismo, lo normal es que si ambos cónyuges trabajan no compense optar por la declaración conjunta.

Esa misma lógica se aplica también a las deducciones. Salvo casos concretos no se amplían los límites de las deducciones por hacer la declaración conjunta. En algunas deducciones autonómicas como la deducción por alquiler de vivienda sí que es mayor la base imponible con la que desgravar, pero no la cuantía a deducir.

Cuándo compensa hacer la declaración conjunta

Ahora que ya sabes cómo funciona el matrimonio en la renta y quienes pueden integrase en la unidad familiar vamos a repasar cuando es mejor presentar la declaración conjunta con tres casos habituales.

Cuando sólo uno de los cónyuges trabaja

En este caso no debería de haber dudas. Hacer la declaración como matrimonio os permitirá aplicar la reducción de 3.400 euros y ahorraros pagar impuestos por esa cantidad. De forma muy, muy resumida, si tu tipo medio en la renta es del 16% te habrás ahorrado 544 euros aproximadamente.

Cuando uno de los cónyuges gana poco dinero

Si las rentas de uno de los cónyuges son limitadas también puede compensar optar por la declaración conjunta para sacar partido de la reducción de 3.400 euros. La clave para elegir si hacer la renta individual o conjunta son esos 3.400 euros de diferencia.

Si tienes dudas, puedes usar el programa Renta Web para hacer la prueba sobre qué opción es más aconsejable en tu caso particular.

Cuando los dos cónyuges invierten

La posibilidad de compensar pérdidas de forma conjunta es una gran herramienta para ahorrar en la renta. Si uno de los cónyuges ha ganado dinero con sus inversiones pero el otro ha perdido, Hacienda sólo tendrá en cuenta el global, haciendo que el primero no pague impuestos por sus ganancias.

El ahorro potencial en este caso oscila entre el 19% y el 23% de la ganancia obtenida dependiendo de la cuantía y del producto de inversión.

Cuándo compensa hacer la declaración individual

La reducción de 3.400 euros es muy jugosa, pero eso no quiere decir que siempre merezca la pena tributar como matrimonio para acceder a ella. De hecho, hay más casos en los que será mejor que cada uno haga la declaración por su cuenta. Estos son dos casos.

Cuando los dos trabajan y ganan más del mínimo

Al tributar de forma individual los dos podréis aplicar el mínimo personal de 5.550 euros. La suma de los dos mínimos (cada uno se aplica en la declaración de cada miembro por separado) es de 11.100 euros, mientras que en tributación conjunta sólo se aplicará el mínimo de 5.550 euros más la reducción por tributación conjunta. Es decir, se restarán 8.950 euros o 2.150 menos que haciendo cada uno el IRPF por separado.

La recomendación general cuando los Declaración de la renta individual o conjuntados cónyuges trabajan es que hagan la renta cada uno por separado

Cuando puedes deducir por compra o alquiler de vivienda

La vivienda es fuente de reducción en la declaración de la renta, tanto para quienes están pagando por la casa que compraron antes de 2013 como para quienes viven de alquiler.

En el caso de la deducción por adquisición de vivienda es posible desgravar un 15% de la hipoteca y seguros ligados al préstamo sobre un máximo de 9.040 euros tanto en tributación individual como conjunta. El resultado es que si hacéis la renta en pareja podréis desgravar hasta 1.356 euros los dos, mientras que si optáis por hacerla individual podréis desgravar 1.356 euros cada uno.

Para maximizar este ahorro fiscal podéis incluso amortizar anticipadamente parte de la hipoteca para llegar al a la base de 18.080 euros deducible.

Deja un comentario

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: José María Valentí de Antonio.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento: No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Como usuario e interesado te informamos que los datos que me facilitas estarán ubicados en los servidores de Strato (proveedor de hosting de tehagolarenta.com) dentro de la UE. que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Te Hago La Renta

La comunicación vía email o telefónica con tu asesor nos permitirá darte un trato cercano y un servicio más rápido, cómodo y sencillo. Con nuestra asesoría fiscal online podrás hacer todas las gestiones desde cualquier lugar.

Recursos

Blog

FAQ

Contacto

TehagoLaRenta

Marbella, Malaga.
España

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad