Deducciones en Comunitat Valenciana por circunstancias personales y familiares
- Nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
- Nacimiento o adopción múltiples.
- Nacimiento o adopción. de hijos con discapacidad.
- Familia numerosa o monoparental.
- Para contribuyentes con discapacidad.
- Realización por uno de los cónyuges de labores no remuneradas en el hogar.
- Guardería y custodia de hijos o acogidos permanentes, menores de 3 años.
- Ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad.
- Para contribuyentes con dos o más descendientes.
Deducciones en Comunitat Valenciana relativa a la vivienda habitual
- Adquisición primera vivienda habitual jóvenes.
- Adquisición vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Adquisición/rehabilitación vivienda habitual con ayudas públicas.
- Arrendamiento vivienda habitual.
- Arrendamiento vivienda por actividades en distinto municipio.
- Obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.
- Obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en el período.
- Instalaciones de auto– consumo de energía eléctrica o para aprovechamiento de fuentes de energía renovable en la vivienda o edificio dónde se ubique.
Deducciones en Comunitat Valenciana por donativos y donaciones
- Donaciones con finalidad ecológica.
- Donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana.
- Donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional
Deducciones en Comunitat Valenciana por otros conceptos deducibles
- Conciliación del trabajo con la vida familiar.
- Cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en concepto de protección a la maternidad.
- Por adquisición de material escolar.
- Cantidades destinadas a abonos culturales.
- Por obtención de rentas derivadas del arrendamiento de vivienda cuya renta no supere el precio de referencia de alquileres privados (deducción del arrendador).